Septiembre ha llegado con la vuelta al cole, pero este año trae consigo la discusión sobre la vacunación de los menores frente al coronavirus en el caso de progenitores divorciados.
El Gobierno central señala que la vacunación de la COVID-19 debe considerarse a estos efectos como una vacunación de calendario oficial, pues su indicación ha sido establecida por las autoridades sanitarias. Ahora bien, la vacunación no es obligatoria, pero sí ha sido aconsejada para los adolescentes por la Asociación Española de Pediatría.
La imposibilidad de progenitores divorciados para llegar a un acuerdo respecto a este asunto está llevando a que ya se hayan interpuesto las primeras demandas de jurisdicción voluntaria para dirimir esta cuestión.
El cauce legal en desacuerdos sobre la vacunación de niños a partir de 12 años sería la vía del artículo 86 de la Ley 15/2015, de 2 de Julio, de la Jurisdicción Voluntaria. No es el caso de los adolescentes que tienen 16 o más años de edad.
Dicho precepto establece que en los casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad ejercitada conjuntamente por los progenitores deberá solicitarse la intervención judicial, siendo competente el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o, en su defecto, de la residencia del hijo. No obstante, si el ejercicio conjunto de la patria potestad por los progenitores hubiera sido establecido por resolución judicial, será competente para conocer del expediente el Juzgado de Primera Instancia que la hubiera dictado.
Este expediente podrá ser promovido por ambos progenitores, individual o conjuntamente. Si el titular de la patria potestad fuese un menor no emancipado, también estarán legitimados sus progenitores y, a falta de éstos, su tutor.
Para evitar estos procedimientos desde nuestro despacho aconsejamos favorecer un consenso entre las partes y apelar siempre al bienestar de los menores puesto que estas resoluciones suelen tardar tiempo en emitirse y podrían llegar cuando haya acabado el curso y ya no tenga sentido.
Una de las vías para favorecer el consenso entre progenitores sería la mediación, un método alternativo de resolución de conflictos, el cual ayuda mucho a solventar problemáticas familiares surgidas a raíz de la pandemia que no pueden esperar a ser abordadas en un juzgado por las dilaciones que existen.